MAPAS CONCEPTUALES
Características:Su principal característica es por el orden jerarquizado de los conceptos, lo cual estructura una forma más clara y sencilla.
Beneficios:
Es muy beneficioso, por cuanto su organización para el docente como una estrategia es muy adecuada en su quehacer pedagógico y en los estudiantes el impacto de percepción y su simplicidad en la elaboración y explicación.
Situaciones:
- En el área que desarrollo (Formación Ciudadana y Cívica) en el nivel secundario, específicamente en estudiantes del Quinto Grado, he podido percibir que al momento de elaborar un organizador, ello lo complementan con todas sus definiciones y alcanzan solamente a dar una lectura del material y les dificulta una explicación adicional.
- Otro dilema es cuando presentamos estos organizadores con los conceptos tal como debería de ser, generamos en algunos casos la incomodidad, ya que con ello solicito que intercambien de ideas acompañado con sus textos para que pudieran expresar sus interpretaciones y explicar de manera libre. Encontramos poca participación puesto que tienen una tendencia al dictado por parte del docente y de ahí plasmar en sus cuadernos, lo que para mí en particular el estudiantes no logra asimilar completamente el tema tratado.
En conclusión puedo manifestar que estos organizadores (mapa conceptual) ayuda mucho en el desarrollo de la sesión con actividades más prácticos en nuestros docentes y alumnos.
bubbl.us:
Es un programa que esta enmarcado en facilitar la elaboración nuestros organizadores, ayuda mucho al desenvolvimiento del docente para hacer de ello más dinámica su organización pedagógica y compartir con nuestros colegas y/o estudiantes para su elaboración.
Texto base para la utilización del mapa conceptual:
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Es el derecho que tenemos todos los ciudadanos que conformamos una sociedad democrática a opinar sobre los asuntos públicos, a ser consultados por la autoridad y a tomar decisiones sobre aspectos de la vida de su localidad, su región y su país.
La participación ciudadana es definida como un conjunto de sistemas o mecanismos
por medio de los cuales los ciudadanos, es decir, la sociedad civil en su conjunto, pueden tomar parte de las decisiones públicas, o incidir en las mismas, buscando que dichas decisiones representen sus intereses, ya sea de ellos como particulares o como un grupo social.
La participación, por parte de la sociedad civil, en los asuntos públicos de nuestro país es un derecho fundamental, reconocido por los tratados y pactos internacionales suscritos por el Estado, los cuales establecen que toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno del país directamente o por medio de representantes libremente elegidos.
Es importante que el Estado, como actor y principal gestor de las políticas públicas, no solo se dedique a dictar las normas jurídicas adecuadas para proteger y, fundamentalmente, promover la participación ciudadana de las personas en la toma de decisiones públicas, sino que también debe promover e
incentivar la partición ciudadana en la toma de decisiones, para que luego dichas políticas sean la base de un desarrollo sostenible. Se debe tener en cuenta además que con “la democracia se fortalece con los mecanismos de participación ciudadana, porque permite la gestión compartida del desarrollo sostenible y de la calidad de vida de la población. De esta manera, se propiciará el incremento de los índices de desarrollo humano de los sectores más pobres del país”
Es así que los mecanismos de participación ciudadana son parte importante del proceso de descentralización del Estado peruano. Vemos que el gobierno ha ido implementando, a lo largo de los años, instancias
de participación tanto en el ámbito local, provincial como regional. Sin embargo, algunos de los actuales mecanismos de participación ciudadana en la toma de decisiones requieren un sistema de control más concentrado, para no ser usados por personas que solamente buscan beneficiarse con determinada
figura jurídica y obtener intereses propios.
La participación, por parte de la sociedad civil, en los asuntos públicos de nuestro país es un derecho fundamental, reconocido por los tratados y pactos internacionales suscritos por el Estado, los cuales establecen que toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país, tal como lo habíamos mencionado en la parte introductoria.Por su parte, la Constitución Política del Perú de 1993 (2)
reconoce los derechos de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos del Estado. Es por ello que, a lo largo de los años, se han venido instituyendo y regulando diversos mecanismos o instituciones para que las personas puedan participar en la toma de decisiones del Estado. Tal como lo indica la doctrina especializada: “La participación ciudadana en los asuntos públicos constituye un derecho fundamental cuyo
ejercicio ha ido afirmándose y extendiéndose a lo largo de los años. Este proceso se expresa también en las múltiples formas en que la legislación nacional reconoce, regula y garantiza la intervención ciudadana en cada una de las fases de las políticas públicas”Mecanismos de participación ciudadana:
- Presupuesto participativo: La ciudadanía organizada tiene la potestad de definir en qué se invierte un porcentaje del presupuesto del gobierno regional o del municipio provincial y distrital. Este porcentaje lo establecen las autoridades locales y regionales, teniendo en cuenta los gastos que se registran en el presente año.
- Consejo de coordinación regional (CCR) y Consejo de coordinación local (CCL): Estos dos órganos participan y promueven activamente el proceso de presupuesto participativo. Además, coordinan la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente orientado hacia el desarrollo sostenible de sus jurisdicciones.
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública: La Ley 27806 establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad de la Administración Pública. El objetivo es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho de acceso a la información establecido en el artículo 2 de la Constitución.
- Órganos de participación y vigilancia en la gestión educativa: El Consejo Educativo Institucional (CONEI), el Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), y el Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) son órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana respecto de la elaboración, seguimiento y evaluación de los proyectos educativos en diferentes instancias. Actúan en Instituciones Educativas,en la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), así como en la Dirección Regional de Educación (DRE).

